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SANTO DOMINGO. – La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó este jueves que las disposiciones sobre la exención contributiva de asalariados acogidos al Régimen Simplificado de Tributación (RST) y el ajuste positivo del Impuesto Sobre la Renta (ISR), contenidas en los artículos 14 y 15 de la Norma General 04-2022, no serán aplicables para el ejercicio fiscal 2025, cuya declaración deberá realizarse a más tardar el 26 de febrero de 2026.
Este aviso buscó clarificar la aplicación de la Norma General 04-2022, que regula la incorporación, permanencia, exclusión y declaración jurada en el Régimen Simplificado de Tributación (RST), de fecha 27 de enero de 2022, según detalló la entidad en su cuenta en la red social Instagram.
La DGII, en cumplimiento de la Ley 227-06 que le otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio, tiene el deber de hacer cumplir las disposiciones tributarias emanadas de la Constitución, tratados internacionales ratificados por el Congreso Nacional, el Código Tributario y demás normas tributarias.
Es importante recordar que los pagos realizados por los empleadores a su personal en relación de dependencia forman parte de la base imponible para la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Los empleadores deben ingresar a la DGII el importe que exceda la doceava parte de la exención contributiva anual establecida en el artículo 299 del Código Tributario, en proporción a la escala ajustada anualmente por inflación estipulada en el artículo 296 del referido Código, utilizando la Tabla de Retenciones publicada por la Administración Tributaria.
El Decreto número 265-19, promulgado el 1 de agosto de 2019, establece un Régimen Simplificado de Tributación (RST) para la determinación de las obligaciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), bajo las modalidades de Ingresos o de Compras, según aplique.
La DGII ha considerado necesario regular mediante Norma General el procedimiento para las solicitudes de acogida o exclusión al Régimen Simplificado de Tributación (RST), ya que el Decreto núm. 265-19 establece los requisitos y el procedimiento general, pero no delimita los procesos de validación realizados por la Administración Tributaria.
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