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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.– Un tribunal de Santiago condenó a 10 años de prisión a una mujer que se dedicaba a robar teléfonos móviles, prendas y otros objetos de valor a pasajeros, utilizando un falso servicio de transporte público como método para cometer los delitos.
La condena fue impuesta contra Niurka Rosario Alcántara, luego de que el tribunal acogiera la acusación presentada por el Ministerio Público que demostró que la procesada actuaba en complicidad con otras personas aún en proceso de identificación.
De acuerdo con la acusación, Rosario Alcántara abordaba la parte trasera de un vehículo, junto a sus cómplices y una vez dentro despojaba a las víctimas de sus pertenencias. El grupo simulaba ofrecer servicio de transporte público en un Toyota Corolla gris, al que le colocaban emblemas falsificados de distintas rutas de pasajeros para generar confianza.
El fiscal litigante Juan Elías Pérez demostró ante el Primer Tribunal Colegiado de Santiago, integrado por los jueces Juan Carlos Colón, Gladys de los Santos y Claribel Mateo, que la acusada formó parte de una asociación de malhechores dedicada a cometer robos en diferentes comunidades de la provincia.
Como parte de la estrategia, los imputados fingían incomodidad en los asientos para provocar que las víctimas se movieran o cambiaran de lugar. En otras ocasiones, solicitaban a los pasajeros delanteros ajustar el espejo retrovisor, momento que aprovechaban para sustraer objetos de valor.
Tras recibir múltiples denuncias, la Fiscalía de Santiago logró identificar y arrestar a Rosario Alcántara en flagrante delito, ocupándole varios teléfonos celulares y los emblemas falsos de rutas de transporte utilizados en los robos.
Durante el proceso, el Ministerio Público recolectó decenas de testimonios que establecieron que luego de cometer los robos, la acusada desmontaba a las víctimas del vehículo y en ocasiones les lanzaba el dinero del pasaje pagado.
Rosario Alcántara cumplirá la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, por violación a los artículos 265, 266, 379 y 383 del Código Penal Dominicano.


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