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Vacíos legales y errores de redacción obligaron a modificar el Código Penal, afirma Eugenio Cedeño

Panorama Nacionales.   El diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Eugenio Cedeño, afirmó que vacíos legales y errores de redacción motivaron cambios de última hora en el Código Penal antes de su aprobación. El legislador explicó que varias disposiciones requerían ajustes para evitar interpretaciones jurídicas que generaran conflictos.

Cedeño señaló que uno de los principales cambios fue aplicado al artículo 107, debido a que la versión original no contemplaba el elemento del dolo o la intención maliciosa para configurar un delito. Según indicó, esta omisión podía generar consecuencias legales para personas que actuaran sin intención de causar daño.

El congresista explicó que, de mantenerse la redacción inicial, médicos que suministraran medicamentos con efectos como somnolencia o pérdida del conocimiento podían quedar expuestos a penas de cinco a diez años de prisión. Afirmó que la norma no diferenciaba entre una acción médica con fines terapéuticos y una conducta realizada con intención dañina.

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Las declaraciones fueron ofrecidas durante una entrevista en el programa “Esto No Tiene Nombre”, transmitido por La Nota 95.7 FM. Cedeño indicó que la observación surgió durante la revisión del artículo, luego de una propuesta presentada por una diputada de la Fuerza del Pueblo, odontóloga de profesión.

“Ese artículo no decía la palabra maliciosamente o con intención dañosa. Le faltaba el dolo”, expresó el legislador al referirse a la modificación realizada. Explicó que la ausencia de ese elemento jurídico podía provocar que cualquier persona que suministrara un medicamento fuera sometida a sanciones, sin importar el propósito de la acción.

El diputado sostuvo que los profesionales de la medicina administran medicamentos con el objetivo de tratar y sanar a los pacientes, no para provocarles daños. Indicó que esta situación generó preocupación en el Colegio Médico Dominicano (CMD), que advirtió sobre posibles riesgos para el ejercicio profesional.

Cedeño afirmó que el artículo 107 no fue la única disposición que necesitó correcciones durante el proceso de revisión del Código Penal. Señaló que varios artículos fueron modificados por errores de redacción, omisiones o términos que podían generar interpretaciones inadecuadas.

Entre las correcciones mencionó ajustes relacionados con las sanciones por injuria y difamación, cuyas penas fueron reducidas por considerarse elevadas. No obstante, aclaró que esas conductas permanecen tipificadas como delitos dentro de la nueva legislación penal.