Santo Domingo.- El Ministerio de Administración Pública (MAP), dispuso que en el Gran Santo Domingo se retome la modalidad del teletrajo, debido al aumento de casos de Covid-19 que se registran en esa demarcación.
La disposición se encuentra en la Resolución núm. 100-2021, que modifica y actualiza las condiciones de trabajo y horarios en el sector público, a consecuencia del estado de emergencia impuesto por la pandemia del COVID-19.
De acuerdo a lo dispuesto por el MAP, las instituciones que se encuentran en le Gran Santo Domingo podrán aplicar la modalidad combinado de acuerdo a sus características de espacio y de servicios que ofrecen a la población.
Para aquellos servidores que cuentan en su hogar, con facilidades de ancho de banda de internet adecuado, así como con equipos tecnológicos para el desarrollo de sus labores con eficiencia, asegurando siempre los niveles óptimos de productividad. Se recomienda que esta modalidad se aplique en aquellos casos en que la naturaleza de la labor, no requiera necesariamente de la presencia de los servidores.
La institución ordena aplicar el teletrabajo intermitente, que consiste en asignar a los servidores días para trabajar desde su hogar y días para trabajar en las oficinas públicas, garantizando la presencia del 50% de estos en la institución. Se recomienda que bajo esta modalidad los colaboradores no permanezcan más de una semana ininterrumpida en teletrabajo.
El organismo regulador de la Administración Pública, dispone las jornadas de labor recortadas y diferenciada, para aquellos servidores que no cuentan con facilidades para el teletrabajo, a fin de evitar la presencia en las oficinas de las instituciones públicas de una cantidad de servidores que propicie el contagio y ponga en riesgo la salud de los colaboradores y los usuarios, pero que a la vez garantice la continuidad de los servicios y los trámites
Asimismo, por las medidas de distanciamiento social y por los trabajos de las reparaciones del puente juan Bosch, para los colaboradores que laboran o viven en la parte oriental del gran Santo Domingo, los órganos y entes públicos también podrán tomar medidas para establecer jornadas de labor recordadas y diferenciadas. Bajo ninguna circunstancia, la jornada recortada será inferior a cuatro horas de trabajo.
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