Santo Domingo. Una jueza ordenó el embargo de bienes muebles e inmuebles del empresario Carlos Matamoros Bregnil y de las sociedades Dynex Energy Group y Dynex Energy RD, como parte de un proceso judicial relacionado con una reclamación por presunto incumplimiento de pago derivado del proyecto energético Puerto Viejo, Playa Los Negros, en Azua.
De acuerdo con un comunicado de la parte querellante, la decisión fue adoptada tras una solicitud presentada por los abogados Lora Castillo y Jorge G. Lora Olivares, quienes representan a la firma Transcaribbean Energy Partners & Consulting.
Según el documento, la controversia se originó luego de que, entre marzo y abril de 2025, se realizaran 18 transferencias de Karpowership a Dynex por un monto de RD$15,098,459.04 y US$3,098,396.71. La parte demandante sostiene que el 55 % de esos recursos le correspondía por su participación en el proyecto, pero afirma que nunca recibió el pago acordado.
Los representantes legales indicaron que los intentos de resolver el conflicto por la vía extrajudicial no prosperaron, por lo que decidieron acudir a los tribunales.
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Asimismo, señalaron que durante más de seis años Transcaribbean Energy Partners & Consulting realizó estudios técnicos, gestiones institucionales y trabajos de consultoría para impulsar el desarrollo del proyecto.
«Las barcazas están frente a Azua, generando y cobrando todos los meses. Nuestro representado puso seis años de trabajo y recursos propios para que ese proyecto existiera, y lo que recibió fue silencio. Se cobró y no se pagó lo pactado», expresaron los abogados del querellante.
El comunicado explica que las medidas de embargo retentivo autorizadas abarcan bienes presentes y futuros derivados de la operación del proyecto, hasta un monto de US$5 millones, así como la retención de sumas que terceros adeuden al imputado.
Por otra parte, la jueza rechazó la solicitud de impedimento de salida del país contra Carlos Matamoros Bregnil, al considerar que la condición de extranjero del imputado no constituye, por sí sola, una presunción de fuga y que la parte solicitante no demostró elementos suficientes para justificar esa medida de coerción.
La decisión también contempla medidas de embargo retentivo, conservatorio e hipoteca judicial provisional sobre bienes del imputado, conforme al comunicado de la parte querellante.




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