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Especialista aclara las multas de tránsito no generan impedimento de salida

19 de mayo del 2021 a las 02:05 pm

Santo Domingo.-El consultor de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Dary Terrero aclaró que las personas que sean sancionadas con el pago de una multa no implica impedimento de salida del país, como se había estado estableciendo.

Terrero recordó lo que dice en le articulo 281 de dicha ley, en el párrafo II, que  establece “que ningún conductor  que haya sido sancionado con el pago de  una multa podrá renovar la licencia de conducir o cualquier de su tramites, la placa, obtener la inspección técnica vehicular o revista, los seguros, certificados de buena conducta o traspaso de la propiedad de un vehículo, hasta tanto realice  el pago de la multa”.

El también comunicador hace esta aclaración debido a las publicaciones que se han hecho en algunos medios digitales e impresos sobre que los conductores que tengan multas, a partir de que se implemente la tecnología de la foto multa no podrán salir del país, si tienen la sanción producto de una violación a la ley 63-17.

El especialista dijo que en los próximos meses la foto multa, que evitará que los conductores y los agentes de la DIGESETT tengan interacciones a la hora de  ser fiscalización  por la violación de un semáforo en rojo.

“Recordamos que en la República Dominicana y en otros países es sancionable que un conductor incurra en cruzar una vía en luz roja, que ha sido una de las principales causas de muertes por accidentes producto de la falta de respeto a los semáforos”, subrayó.

Asimismo, Terrero recomienda a los conductores que tienen vehículos que aun non sido traspasados a quien es propietario, porque quien figurará en la multa será quien lo  tenga a su nombre.

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