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Ley Núm. 107-13: “La Administración Pública está al servicio exclusivo del interés general y de los derechos de las personas”

Panorama Político.  En este #TBTPolítico nos devolvemos a agosto de 2013, momento en que se promulgó la Ley No. 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.

Esta pieza legislativa no fue un simple ajuste burocrático; representó un cambio de paradigma dogmático e institucional en la República Dominicana, diseñado para dar operatividad directa a la cláusula del Estado Social y Democrático de Derecho instaurada en la Constitución de 2010.

El contexto político e institucional (2010–2013)

Tras la proclamación de la Constitución de 2010, el sistema jurídico dominicano quedó comprometido a reestructurar el poder público. Durante el primer año del gobierno de Danilo Medina, la Ley 107-13 llegó a llenar un vacío histórico: la ausencia de una norma general que disciplinara el ejercicio del poder administrativo.

Hasta ese momento, la relación Estado-ciudadano operaba bajo una lógica heredada del autoritarismo burocrático, donde la administración mandaba de manera discrecional y el ciudadano asumía una postura pasiva. La Ley 107-13 buscó desmontar esa asimetría.

El protagonista: el administrado (Ciudadano de Pleno Derecho)

El verdadero protagonista de esta ley no es el presidente que la promulgó ni los legisladores que la aprobaron, sino el ciudadano común.

Antes de 2013, la administración pública dominicana operaba con una lógica de «soberano frente a súbdito», donde el Estado ejercía el poder de forma vertical y discrecional. La Ley 107-13 invirtió la pirámide: colocó al ciudadano en el centro, transformando al servidor público en un prestador de servicios obligado a rendir cuentas y a actuar bajo estrictos límites jurídicos.

La Frase Central

«La Administración Pública está al servicio exclusivo del interés general y de los derechos de las personas». (Art. 1).

Esta frase resume la ruptura dogmática de la ley: la burocracia estatal deja de existir para auto-preservarse o servir a intereses partidarios, y pasa a tener como única razón de ser la garantía de los derechos fundamentales.

¿Por qué importa hoy?

Importa porque es la herramienta jurídica de defensa cotidiana contra la arbitrariedad del Estado. En la práctica actual, su valor se traduce en:

Freno al abuso de poder: es el escudo normativo con el que trabajadores públicos y ciudadanos pueden impugnar cancelaciones injustificadas, multas arbitrarias o resoluciones sin fundamento ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) y el Tribunal Constitucional.

Exigencia de motivación: ninguna institución puede responderte con un simple «no se puede». Están obligadas por ley a explicarte por escrito las razones jurídicas y factuales de cada decisión que afecte tus intereses.

Prohibición de la «burocracia absurda»: exige que la administración sea eficiente, prohibiéndole pedirte documentos que el propio Estado ya tiene en sus bases de datos o negarse a recibir tus instancias.

En definitiva, la Ley Núm. 107-13 sigue importando en la actualidad porque trazó la frontera entre el capricho político y el verdadero Estado Social y Democrático de Derecho.