Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió el medio de inadmisión planteado por la parte accionada y, en consecuencia, declaró inadmisible la acción de amparo que fue declinada ante esa alta corte por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil numero 035-2026-SSEN-00653, de fecha 2 de junio de 2026.
Con el voto unánime de los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente, y de los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, el Tribunal fundamentó su decisión al considerar que la acción de amparo resulta notoriamente improcedente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70, numeral 3, de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, así como en el artículo 132, numeral 3, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, ya que la petición formulada por los amparistas plantea pretensiones abstractas propias de una acción directa de inconstitucionalidad.
La acción de amparo fue incoada por los ciudadanos José Antonio Cabral Salcedo e Isaías Ramos Guzmán en contra de Luis Rodolfo Abinader Corona, en su calidad de presidente de la República Dominicana y titular del Poder Ejecutivo.
También puedes leer: TSE inicia quinta edición programa Enséñame A Trabajar
AUDIENCIA APLAZADA
La Alta Corte acogió la solicitud de prórroga presentada por la parte demandada y aplazó para el jueves 23 del presente mes la audiencia correspondiente a los expedientes fusionados núm. TSE-01-0018-2026 y TSE-01-0019-2026, relativos a la demanda en nulidad y solicitud de medida cautelar interpuestas contra la decisión adoptada por el Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en fecha 22 de febrero de 2026.
La decisión fue adoptada por el pleno del Tribunal Superior Electoral, integrado por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente, y los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, con el propósito de permitir la comunicación de documentos entre las partes.
En el proceso figuran como demandantes Manfred Alberto Mata Echt y Dayamo Victoriano Ramírez, mientras que la parte demandada es el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).




Se trata de un periódico dirigido por profesionales que se han unido con la finalidad de llevar la información a tiempo y con apego a la ética, la responsabilidad y los aspectos de este tiempo que requiere el ejercicio periodístico.