Gobierno asegura defenderá productores de arroz ante implementación del DR-Cafta en 2025
CAFÉ DIARIO, SANTO DOMINGO. – Debido al que el DR-cafta desgrava el arroz, lo cual permite una competencia desleal de los importadores, el presidente Luis Abinader aseguró que este sector está bien informado de lo que el Gobierno está haciendo.
En ese orden, el ministro de Industria, Comercio y Mypimes, Víctor -Ito- Bisonó, aseguró que el presidente Luis Abinader se encontrará habilitado a partir de noviembre para proteger a los productores dominicanos. El presidente añadió que no debe ser antes, de acuerdo con El Nuevo Diario.
Bisonó explicó, que desde que el mandatario llegó al poder, debido a que no se habían realizado las gestiones de consultas, las cuales se agotaron, se han seguido las directrices del mismo. Agregó que han seguido las instrucciones de proteger la producción nacional.
Asimismo, dijo que los productores del sector agropecuario está bien informado de lo que el Gobierno está haciendo para defenderlos, debido a que se han sentado en la mesa del diálogo.
«El DR-Cafta se realiza con varios países y se agotaron los procesos de consultas. Las instrucciones de proteger la producción nacional se han seguido como dijo el presidente. Se consultaron, nos sentamos en la mesa con los productores, con las factorías y con los comerciantes, se analizó las bases del DR-Cafta», dijo Bisonó.
Sobre los tratados internacionales
Los Tratados de Libre Comercio (TLC) crean reglas, derechos y obligaciones que deben ser cumplidos por todas las Partes y se les dice bilateral porque dos Partes se obligan de forma recíproca a cumplir con lo pactado.
El TLC entre la República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos de América (DR-CAFTA) es multilateral por incluir más de dos países: Costa Rica, El Salvador, EE. UU., Guatemala, Honduras, Nicaragua y República Dominicana.
Ese carácter multilateral está consignado en el Artículo 1.1, que dice “Las Partes de este Tratado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo XXVI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y el Artículo V del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, establecen una zona de libre comercio”.
Asimismo, en el Artículo 2.1 define “Parte” como todo país respecto al cual haya entrado en vigor el Tratado.
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