LA ROMANA.- Un hombre identificado como Eduardo Corporán De Aza fue condenado a un año de prisión y al pago de una multa equivalente a 25 salarios mínimos, tras admitir su responsabilidad en el envenenamiento de más de una docena de perros, un gato y varias gallinas en el sector Barrio Blanco, de La Romana.
El Ministerio Público informó este miércoles que la jueza del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana acogió el procedimiento penal, imponiendo la pena máxima contemplada en la Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable. Corporán De Aza ya había cumplido dos meses de prisión preventiva y el dictamen establece la suspensión de los diez meses restantes, condicionada al cumplimiento de las reglas previstas en el artículo 41 del Código Procesal Penal.
La enlace nacional de Protección Animal del Ministerio Público, Roxanna Reyes Acosta, valoró la rapidez con la que se logró la sentencia, señalando que el proceso avanzó en tiempo récord tras los hechos ocurridos en junio pasado. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Yalissa Marina Candelario Rijo, quien sustentó el expediente con pruebas documentales, testimoniales y periciales.
De acuerdo con la acusación, el 1 de junio de 2025 Corporán De Aza provocó la muerte por envenenamiento de cinco cachorros, un perro chihuahua, un gato y varias gallinas. En los días posteriores los residentes del sector también hallaron otro perro con graves quemaduras que falleció horas después. Para el 14 de junio, seis perros más —incluida una hembra gestante— y un segundo gato aparecieron muertos con signos evidentes de intoxicación, además de otras gallinas afectadas.
El acuerdo penal abreviado fue admitido por la jueza interina Denia Beras de Mota, quien ordenó notificar la sentencia al Juzgado de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís. Durante el período de suspensión de la pena, Corporán De Aza deberá mantener un domicilio fijo, abstenerse de visitar lugares o personas relacionadas con el caso, evitar viajar al extranjero y no consumir alcohol en lugares públicos. También tendrá que capacitarse en un oficio a través del Infotep o cualquier otra institución formativa, realizar 30 horas de trabajo comunitario y abstenerse del porte de armas y de cualquier acto de maltrato animal.
La sentencia advierte que en caso de incumplimiento de cualquiera de estas condiciones, el condenado deberá cumplir en prisión la totalidad de la pena impuesta, respaldada por un expediente sustentado en múltiples pruebas que confirmaron la violación de los artículos 61 y 66 de la Ley 248-12.




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